Chorrinversiones (Desgajado del Hilo de Crisis)

Iniciado por patillotes, Enero 15, 2011, 03:14:53 PM

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Bestiajez

En Irlanda del Norte es igual. Emiten sus propios papelotes pero el valor de los mismos es exactamente el mismo que el de la libra esterlina.

patillotes

En esa mesa de billar fui engendrado, parido, criado y educado.

yo

#392
Es que el banco de inglaterra no tiene la exclusiva de la emisión de moneda.

En esas libras escocesas lo pondrí­a clarinete que eran, por ejemplo, RBS quien las habí­a emitido: El Royal Bank of Scotland.


En España el único que puede emitir moneda de curso legal es el estado.


Artí­culo 1.

La acuñación de moneda es potestad exclusiva del Estado y se ejercerá de acuerdo con lo que se dispone en la presente Ley.




Nadie puede poner valor facial a monedas sin su permiso porque el estado responde a ese valor facial.


Cuando alguien emite en nombre del estado (por ejemplo la FNMT, que en la realidad es la única que lo hace) ha de reembolsar al estado el valor facial de todo aquello que ponga en circulación.



En España una cosa similar a esos billetes escoceses son .... chan, chan, chan,.... cualquier cheque que hagas de tu cuenta corriente. El banco que da nombre al cheque está obligado a pagarlo (si hay fondos en la cuenta). No puede negarse. Pero solo ese banco, no el estado ni nadie mas. Sin embargo te lo puede aceptar como medio de pago cualquiera al que le de la gana aceptarlo.

Don Pésimo

Exacto, la mayorí­a eran del RBS y creo que habí­a algunas de otro banco. Lo que me ha shockeado ha sido saber que técnicamente no eran "moneda de curso legal", sobre todo porque cada vez que yo cambiaba uno de mis flamantes billetes de a 50 emitidos por el Banco de Inglaterra me devolví­an el cambio con papelillos de esos. Menos mal que me lo gasté todo.
Me cago en el Sistema Solar


yo

#395
En españa es delito poner en una moneda el signo del euro sin permiso del estado.


3. Tendrá la consideración de infracción administrativa la emisión, fabricación, almacenamiento, comercialización, importación y distribución, sin autorización de la Dirección General del Tesoro y Polí­tica Financiera, de medallas, medallones, fichas y objetos monetiformes, o que los contengan, conmemorativas con un valor facial o monetario especí­fico, utilizando a tales fines los signos o sí­mbolos de:

-La Unión Europea, en particular la inscripción euro o euro cent, el sí­mbolo euro o similar combinado con una indicación del valor nominal, o un diseño idéntico o similar, en todo o en parte, al que aparece en la cara común o la cara nacional de las monedas de euro o aquella que se fije oficialmente para la acuñación de tales monedas en el futuro.

-La Corona.

-Las Administraciones públicas o los Organismos públicos vinculados o dependientes de las mismas.

-La marca de Ceca.

-Las demás instituciones del Estado sin la autorización previa de la institución titular correspondiente.


Por eso en cortilandia te dan corticones y no monedas de 1,2 euros.

patillotes

Que interesante. Y de ahi se deduce que la moneda conmemorativa es de curso legal. Y yo sin seguir viendolo.

yo

No te preocupes, todos tenemos nuestras limitaciones.

patillotes

Gracias, viniendo de ti es una frase con gran valor.


patillotes

Como ultimo favor, me podrias pasar algun texto donde ponga literalmente, ya sabes lo jodido que puede llegar a ser la idiocia, algo acerca del valor liberatorio o curso legal de las monedas de la FNMT de marras.

patillotes

Lo digo porque afirmaste que se podia pagar el pan con una de esas y, aun fiandome de ti, no quiero cagarla.

yo

Una última cosa:

La monedas de coleccionista solo tienen curso legal en el paí­s en que se emiten.

Las francesas en francia, las españolas en españa.


patillotes

Y la web de la Monneais colapsada, para variar.

yo

#404
Cita de: patillotes en Octubre 02, 2011, 11:34:19 PM
Que interesante. Y de ahi se deduce que la moneda conmemorativa es de curso legal. Y yo sin seguir viendolo.

El Banco de España dice li-te-ral-men-te

Moneda de curso legal

Moneda oficial en un Estado, en cuyo territorio goza de poder liberatorio, es decir, que los ciudadanos de ese paí­s están obligados a aceptarla como medio de pago de una deuda.



El Banco Central Europeo por su parte dice:

Las monedas de colección blablabla tiene curso legal blablabla


Así­ que ahí­ lo tienes: son de curso legal y por tanto tienen poder liberatorio. Por otro lado el Código Civil tiene artí­culos sobre la "buena fe" en las transacciones comerciales. Si un panadero no conoce estas monedas (no destinadas a circulación) no tiene, de buena fe, porque admitirlas, igual que no esta obligado a admitir billetes de 500 si cree que no hay buena fe en la transacción.


Espero sea suficiente para que ya lo pilles



Mas expresamente el BCE dice que las monedas de colección denominadas en euros SOLO tienen curso legal en el paí­s donde se emiten, así­ es que sinceramente espero que los que petan la Web de Moneais no sean españolitos muy listos creyendo que los euros de la FNMT no tienen curso legal y los de Francia sí­. Porque serí­a muy triste.