Conductores asesinos vs la santa DGT

Iniciado por San Daniel, Junio 07, 2006, 06:15:35 PM

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San Daniel

Echare un ojo a ver, pero no se como osas dudar de la situacion de los nuevos radares.
Mil mensajes, joder.

Dan

Cita de: gársez en Marzo 12, 2007, 03:41:35 PM
visto lo visto hasta ahora, estarán en rectas despejadas en las que nadie se la pega nunca.

Han dicho que harán incidencia especial en los puntos negros.

grsd

Cita de: Dan en Marzo 12, 2007, 04:28:03 PM
Cita de: gársez en Marzo 12, 2007, 03:41:35 PM
visto lo visto hasta ahora, estarán en rectas despejadas en las que nadie se la pega nunca.

Han dicho que harán incidencia especial en los puntos negros.

Qué wains, entonces, casi todos los colocados en pórticos de Autoví­as pasan a ser automáticamente armas de recaudación masiva, y un insulto a la cara de los conductores. Porque se colocaron dado que era más barato, fácil y tal.

Gilles DeRais

Vengo aqui a decir SI a todo lo que afirma Garsi en ese ultimo mensaje

Dan

Por cierto, han dicho que la velocidad es directa o indirectamente responsable del 31% de los accidentes. Esto es uno de cada tres, y no de cada cinco, como siempre decí­s.

grsd

Las estadí­sticas que he dado yo se refieren, según datos de la DGT, a las infracciones presentes en siniestros. Para un porcentaje pequeño, la velocidad excesiva.

Tú mezclas esto con la velocidad inadecuada. Vamos que los números, como siempre, al servicio de cada interés.

javi

Me parece mucho un 31%. Estoy con garsed en la coletilla "velocidad inadecuada"
Running is life. Anything before or after is just waiting


San Daniel

Reconduzco el hilo a su funcion original, que versaba sobre este señor:

Absuelven a un conductor condenado por ir a 260 km/h porque no provocó ningún peligro

EFE - La Audiencia Provincial de Burgos ha absuelto a Constantino Garcí­a, el conductor asturiano que fue condenado a seis meses de cárcel y dos años de retirada de carné por ir por una autoví­a a 260 kilómetros por hora, porque su "conducta temeraria" no supuso un "peligro concreto" para ninguna persona.

La Audiencia revoca así­ la sentencia dictada el pasado 2 de enero por el Juzgado de lo Penal número 1 de Burgos, que condenaba a este asturiano de 42 años por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción temeraria.

La sentencia mantiene como hechos probados que Constantino Garcí­a Suárez circulaba a 260 kilómetros por hora cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autoví­a autonómica A-231 (León-Burgos).

El coche, un Audi A-8 de gran cilindrada y propiedad de una empresa asturiana, fue interceptado cuando circulaba en sentido Burgos la tarde del 9 de febrero del pasado año, dí­a en el que habí­a "buena visibilidad y escasa circulación de vehí­culos" en una ví­a de altas prestaciones.

Según la sentencia, aunque ir a 260 kilómetros por hora constituye una conducta "manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación", que crea "rechazo y reproche en la mayorí­a de la sociedad", no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque "no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto", requisito necesario para aplicar el artí­culo 381 del Código Penal.

Esta habí­a sido una de las bases del recurso presentado por el letrado José Carlos Botas contra la sentencia del Juzgado de lo Penal ya que, según señaló, la actitud de su cliente "no supuso ningún peligro concreto para ninguna persona".

Así­ lo mantiene también la Audiencia de Burgos, que en la sentencia precisa que "ni el conductor ni el acompañante que viajaba con él, ni los agentes de la Guardia Civil que pararon el coche ni otros usuarios de la ví­a fueron sujetos pasivos de un peligro concreto".

En este sentido precisa que, si bien es cierto que conducir a esa velocidad disminuye "notoriamente" la capacidad de reacción y que supone "un evidente peligro para la circulación", hay que tener en cuenta que "no se produjo ninguna circunstancia de peligro concreto, como pudiera ser el obligar a otros conductores a realizar maniobras evasivas o a que los agentes de tráfico se tuvieran que apartar para evitar ser atropellados".

"Al no concurrir dicho elemento del tipo penal, los hechos no pueden ser calificados como delito, sin perjuicio de su posible sanción en el ámbito reglamentario", añade la sentencia, que deja abierta la posibilidad de que se continúe con un expediente sancionador por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico.

San Daniel


JM

Como decial El Loco de la Colina :
Si hay un carril "Solo Bus", entronces exijo otro "Solo Porsche"
In God we trust (sometimes, some pictures: http://www.areopago.eu/index.php?topic=888.msg574445#msg574445 )... (C) Extineo

Dan

Jueces asesinos.

A uno que hablaba por el móvil yendo en bici le han quitado tres puntos, así­ que uno a uno.

grsd

Pues a mi me parece bien que se separe la responsabilidad administrativa de la penal.

Es decir, imaginemos que Dan sale de su casa a la de sus padres con un cuchillo jamonero para darse el festí­, le trincan, más de x cms de hoja, y al talego a servir de putón para el culo del pasillo 4.

Pues no.

javi

No sabí­a que salir de casa con un cuchillo jamonero estuviera penado.

Creo que ir a 260 por una autoví­a española es un acto de conducción temeraria de manual.
Running is life. Anything before or after is just waiting

javi

¿Qué hacemos ahora con éste?




Detenido en Barcelona un joven que conducí­a a 201 km/h, ebrio y sin carné
La carretera por la que circulaba está limitada a 90 km/h.- Ya le habí­a sido retirado el permiso en dos ocasiones

EFE - Barcelona - 15/03/2007

Los Mossos d'Esquadra han detenido a un joven de 23 años -al que consta que se le habí­a retirado ya en dos ocasiones el carné de conducir- que circulaba borracho en la madrugada del pasado domingo por la autopista C-16 a 201 kilómetros por hora y realizando maniobras temerarias.

La Policí­a autonómica ha informado, en un comunicado, de que el detenido, Borja T.S., que reside en Bellaterra (Cerdanyola del Vallí¨s, Barcelona), se negó además a someterse a las pruebas de alcoholemia cuando fue interceptado por los agentes.

El joven fue sorprendido en su carrera descontrolada hacia las dos de la madrugada por una patrulla de los Mossos que habí­a establecido un control de alcoholemia en la salida del peaje de la autopista C-16, en dirección a Manresa.

Pese a las indicaciones de los agentes para que se parara, el joven, que conducí­a un turismo deportivo, superó el peaje sin pagar y huyó en dirección a Barcelona.

Los vehí­culos que circulaban por la autopista en aquellos momentos relataron a los agentes que habí­an tenido que realizar maniobras de emergencia para evitar chocar frontalmente contra el turismo deportivo.

A las 04.34 horas otra patrulla que efectuaba controles de velocidad en la misma carretera detectó el mismo vehí­culo circulando a 201 kilómetros por hora en un tramo limitado a 90 kilómetros por hora, esta vez en sentido a Manresa.

Se negó a someterse al alcoholí­metro

Cuando el vehí­culo volvió a llegar al punto del control de alcoholemia, se negó a someterse a las pruebas y cuando se le requirió la documentación se comprobó que tení­a el carné de conducir retirado hasta mayo de 2007 y que, de hecho, ésta es la tercera retirada de carné que acumula.

Borja T.S. ya habí­a sido detenido en 2005 como presunto autor de un delito de conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas y conducción temeraria, delitos que se le han vuelto a imputar, así­ como el de conducir con el permiso caducado.
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