El empresaurio y el cliente son el enemigo. Camaradas, es la guerra.

Iniciado por Dan, Enero 02, 2007, 10:02:49 PM

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Agarkala

Si es un complemento voluntario que paga la empresa, chungo.

Baku

Cita de: Xakilixut en Enero 04, 2008, 07:36:13 PM
Cita de: Baku en Enero 04, 2008, 07:34:45 PM
¿Que tipo de complementos son? No creo que sea tan fácil como quitarlos por la cara. Otra cosa es que sean absorbibles, en cuyo caso olví­date de subidas por un tiempo.

No se al maño, a mi en la nomina me vienen como complemento al salario base.


Pero vienen en un concepto determinado, antigí¼edad, puesto, transporte, voluntario, etc. No todos son lo mismo.
It's very difficult todo esto.

Dan

Eso querí­a yo saber.
"Complemento personal", es el caso.

Otra cuestión es si en el sindicato apreciarí­an la fina estrategia de todo esto justo cuando se acaba de coger alguien una baja de este tipo tan paterno, y tendrí­a que saber si esto es como para sentarlo ante un juez a comentar el asunto.

En cuanto a subidas de sueldo, ya me dejaron claro, en la Discusión, que yo no valí­a una mierda en ningún aspecto, y que lo mejor era que cogiera la puerta si no estaba contento y au. A lo que respondí­ que yo no tení­a por qué irme a ningún sitio, gracias, que en todo caso la pelota estaba en su tejado, si tan malo era, no en el mí­o. Y ahí­ empezó a echar espumarajos y demás. Qué mal llevan lo del temple.

Cita de: Xakilixut en Enero 04, 2008, 07:36:13 PM
No se al maño, a mi en la nomina me vienen como complemento al salario base.

Sacto. Está el salario base, setecientos y pico, que no pueden tocar, y más abajo lo de "complemento personal", que es lo que me tiene mosca. Aunque tus suplementos, como nómina los querrí­a yo, hideputa.

Cita de: Agarkala en Enero 04, 2008, 07:38:14 PM
Si es un complemento voluntario que paga la empresa, chungo.

¿La mitad del sueldo puede ser un complememto voluntario? ¿eso no será para ahorrarse pasta declarando y podrí­a aparecer en el juicio como mala fe escaqueante y arma de doble filo?

Sarri

Cita de: Agarkala en Enero 04, 2008, 07:38:14 PM
Si es un complemento voluntario que paga la empresa, chungo.

Las asesorias, que se deben a su amo, son muy perras en esos asuntos, he mirado mi contrato y en el apartado de salario pone literalmente segun pacto empresa, estoy seguro que en caso de conflicto al no estar fijada una cantidad expresa te quedas con lo del convenio y a tomar por culo, ojala el maño lo tenga redactado de otra forma y pueda agarrase a ello en su defensa numantina de lo suyo.


¡¡Viva la revolucion¡¡¡ Viva mexico cabrones¡¡

Sarri

Cita de: Baku en Enero 04, 2008, 07:40:33 PM
Cita de: Xakilixut en Enero 04, 2008, 07:36:13 PM
Cita de: Baku en Enero 04, 2008, 07:34:45 PM
¿Que tipo de complementos son? No creo que sea tan fácil como quitarlos por la cara. Otra cosa es que sean absorbibles, en cuyo caso olví­date de subidas por un tiempo.

No se al maño, a mi en la nomina me vienen como complemento al salario base.


Pero vienen en un concepto determinado, antigí¼edad, puesto, transporte, voluntario, etc. No todos son lo mismo.

No, vienen en el apartado de complementos salariales.

Maño consuelate con que no follo y tu al menos has follado una vez los ultimos 9 meses.

;D

Oddball


Dan

#741
¿Esto que he encontrado por ahí­ podrí­a ser bueno?

«Artí­culo 24. Complemento ad personam.

Tendrán derecho a percibir este complemento personal, de carácter consolidado y no absorbible...»


Y esto no me deja nada clara la cosa. Ni siquiera me veo reflejado, aunque parece hablar de todos los tipos. Qué coño de contrato tengo, pregúntome:

http://www.usmr.ccoo.es/Legislacion/nominas/trabajadores/devengos.htm

lavozdormida


Sarri

Cita de: lavoz en Enero 04, 2008, 08:02:24 PM
Cita de: Pete Sematary en Enero 04, 2008, 07:47:05 PM
Irse a Rusia, comunistas.

sarri, dan, ¡a las barricadas!




Eso el maño, yo no tengo nada que rascar, tan solo una salida digna, que no es poco.

Lo mio es por que no hay curro, asi de facil, sin mas.

Dionisio Aerofagita

Dan, habla la voz de la teorí­a. De la realidad, que te asesoren otros. Hay que explicar un poco los conceptos:

-El salario es la parte de la retribución que retribuye directamente el trabajo (por ejemplo, excluye las dietas). Se compone de salario base y complementos salariales.

-El salario base es la retribución fijada por unidad de tiempo u obra.

-Los complementos salariales están relacionados con el trabajo, pero se refieren a una CAUSA ESPECíFICA: condiciones personales del trabajador (antigí¼edad, cualificación especí­fica, conocimiento de idiomas), al trabajo realizado (horas extra, comisiones por obra, calidad del trabajo) o a la situación y resultados de la empresa (pluses de beneficios verdaderos, que hay pocos). Todo lo que sea salario y no encaje ahí­: VA AL SALARIO BASE. Diga lo que diga el contrato o el convenio colectivo. Todos los pluses sin causa son salario base, lo que pasa es que nadie se lo cree y los convenios colectivos los primeros. Pero vamos, tampoco importa si es salario base o complementos a la hora de suprimirlos.

-La estructura del salario viene determinada por el convenio colectivo y SÓLO EN SU DEFECTO por el contrato individual. Esto es: es el convenio colectivo el que determina cuál es el salario base, cuáles son los complementos salariales y cuáles son sus criterios de determinación. ESO ES LO PRIMERO QUE TIENES QUE MIRAR, el convenio colectivo aplicable.

-Lo anterior no es obstáculo para que puedan establecerse condiciones salariales SUPERIORES a las establecidas en convenio colectivo. Esto se consigue de dos maneras: pactando un salario superior en contrato o a través de una "condición más beneficiosa", es decir, una condición impuesta unilateralmente por el empresario pero que te beneficia. En cualquier caso, no hay diferencia, porque la naturaleza jurí­dica de la condición más beneficiosa es la misma: un pacto, porque se supone que tú la aceptas tácitamente. Lo segundo que tienes que mirar, por tanto, es el contrato de trabajo y la retribución que figura. Lo tercero son las nóminas, para ver si hay una cierta regularidad en el salario percibido, superior al convenio.

-Estas condiciones más beneficiosas o salarios más elevados pactados en contrato (porque sospecho que muchos de los salarios de los convenios están fijados en realidad por debajo del precio de mercado) suelen materializarse a través de "complementos personales" sin causa, a veces de maneras mucho más sibilinas para defraudar a la seguridad social, como dietas por causas inexistentes y cosas así­. Su "verdadera" naturaleza es la de salario base, salvo que atiendan a alguna circunstancia especí­fica. En cualquier caso, si se vendieran como complementos personales relativos a la especial cualificación o importancia del trabajador y éstos no están fijados en convenio, tampoco pueden eliminarse unilateralmente por parte del empresario.

Así­ que la respuesta corta es que LOS COMPLEMENTOS QUE APARECEN EN LA NÓMINA NO PUEDEN ELIMINARSE UNILATERALMENTE POR EL EMPRESARIO. Le dices al asesor que se repase la jurisprudencia sobre la "condición más beneficiosa". Lo que sí­ pueden es compensarse y absorberse si otra norma establece un salario superior: por ejemplo, el convenio dice que tú ganas 700 Euros, pero tú realmente ganabas 1000; este año suben los salarios de convenio un 3%, tú sigues ganando 1000 porque esos 21 euros extra quedan compensados y absorbidos por lo que ya ganabas.
Que no sean muchas tus palabras, porque los sueños vienen de la multitud de ocupaciones y las palabras necias, de hablar demasiado.

Dionisio Aerofagita

Cita de: Dan en Enero 04, 2008, 07:54:03 PM
«Artí­culo 24. Complemento ad personam.

Tendrán derecho a percibir este complemento personal, de carácter consolidado y no absorbible...»

Eso casi seguro que es un survival estilo apendicitis de un complemento de antigí¼edad desaparecido o restringido. Se elimina la antigí¼edad, pero a los que ya la vení­an percibiendo se les convierte en un complemento personal consolidado que normalmente no tiene carácter absorbible.





Que no sean muchas tus palabras, porque los sueños vienen de la multitud de ocupaciones y las palabras necias, de hablar demasiado.

lavozdormida

Cita de: Xakilixut en Enero 04, 2008, 08:05:10 PM
Cita de: lavoz en Enero 04, 2008, 08:02:24 PM
Cita de: Pete Sematary en Enero 04, 2008, 07:47:05 PM
Irse a Rusia, comunistas.

sarri, dan, ¡a las barricadas!




Eso el maño, yo no tengo nada que rascar, tan solo una salida digna, que no es poco.

Lo mio es por que no hay curro, asi de facil, sin mas.


por eso gili, por el derecho a tener un trabajo digno

Dan

Cita de: Dionisio Areopagitez en Enero 04, 2008, 08:08:14 PM
Así­ que la respuesta corta es que LOS COMPLEMENTOS QUE APARECEN EN LA NÓMINA NO PUEDEN ELIMINARSE UNILATERALMENTE POR EL EMPRESARIO. Le dices al asesor que se repase la jurisprudencia sobre la "condición más beneficiosa". Lo que sí­ pueden es compensarse y absorberse si otra norma establece un salario superior: por ejemplo, el convenio dice que tú ganas 700 Euros, pero tú realmente ganabas 1000; este año suben los salarios de convenio un 3%, tú sigues ganando 1000 porque esos 21 euros extra quedan compensados y absorbidos por lo que ya ganabas.

Aaaaha, vale, muchas gracias, Dionisio. Esa mayúscula me puede dar muchas alegrí­as en futuras conversaciones, dado lo que les gusta amenazar con anticipación para probar cómo está la cosa.
Vamos, que lo máximo que pueden hacerme es dejarme sin subidas de sueldo anuales. Dado que eso ya ocurrí­a, porque lo que he conseguido ha sido a través de subidas de sueldo personales a través de logros laborales (sí­, sí­, yo, el mierda que no vale na), estoy como estaba, pero con más información, que al fin y al cabo, siempre es oro.

Gracias mil.

Baku

Si no lo estás ya, deberí­as afiliarte a un sindicato. Cada vez que te nombre al asesor ese le enseñas el carné y verás como los humos bajan a grande velocidade.
It's very difficult todo esto.

Dan

Lo estoy, desde el año pasado y las evidentes indicaciones de por dónde iban los tiros. Ce ce o o. Que, además, creo que me pasaré esta semana a ver las nuevas instalaciones y a que me saquen del convenio de banca, que no sé qué hago ahí­.